sábado, 20 de octubre de 2012

FARC y Colombia

Uno de los problemas en el ámbito jurídico internacional es definir si un conflicto armado que se desarrolla al interior de un país entre un grupo armado y desarrollando actividades en un territorio determinado de un país es un conflicto internacional o nacional. En el caso de Colombia el conflicto ha sido considerado de carácter nacional. Es por ello que las negociaciones de paz entre Colombia y las FARC resultan interesantes para el Derecho Internacional Público. Es que cómo un grupo guerrillero se sienta a conversar sobre la paz con el Estado y el gobierno de dicho Estado que reconoce la nacionalidad de todos esos guerrilleros, por ejemplo, les reconoce amparo diplomático e, inclusive, garantías constitucionales.
El problema para el Derecho Internacional Público es evidente, carece, en principios las armas conceptuales para explicar el estatus jurídico, la relación jurídica de FARC con Colombia. Si fuere un problema interno, es decir, resulta de ser el Orden Jurídico Nacional el que define la forma de solución de conflictos entonces no podría suceder que un grupo armado se siente a negociar con el Estado. De lo contrario, estamos frente a una persona jurídica internacional.
Estas reflexiones llevan a la necesidad de encontrar soluciones a este problema que se discutirán más adelante.